AUSTERIDAD EN EL ESTADO NACIONAL


Por Juan José Sagardía

Los Ciudadanos debemos opinar sobre Propuestas de un Programa Político para gobernar a nuestra Nación en 2023.

El Movimiento del cuál formo parte, como concepto primordial es disminuir el costo excesivo de Gastos del funcionamiento del Estado Nacional.

Uno de los Poderes del Estado, que debe ser analizado en su función y Gastos, es el Poder Judicial de la Nación.

El Poder Judicial de la Nación, está incorporado dentro de la Constitución Nacional y opera como una de las Partes de la Democracia junto con el Poder Ejecutivo y Poder Legislativo.

Su lugar físico de funcionamiento se debe determinar en la Capital Federal, Ciudad de Buenos Aires, junto a los otros Poderes de la Democracia.

Como un Uso y Costumbre, a través de Ciento Sesenta y Ocho años de puesta en vigencia la Constitución Nacional, la Justicia Federal, fue tomando posición en las Provincias con un claro concepto del Unitarismo Porteño, que fue generado desde 230 años antes del 1810 y a partir de esta fecha hasta 1853 que tuvo el nacimiento la Constitución Nacional.

Lo notorio es que las Provincias y dispuesto por la Constitución Nacional, deben tener el mismo régimen de Justicia que la Nación.

Por ende la pregunta y la conclusión que me formulo es porqué la Justicia Federal se asentó en las Provincias, que son Autónomas y tienen su propia organización de Justicia, pudiendo evitar los importantes gastos de su implementación y permanencia en los años y se hubiera y se puede solucionar con acuerdos con las Justicias Provinciales y logrando de esa forma poder estas representar a la Justicia Federal.  

Los Juzgados Federales, más allá de su legalidad, no dejan de ser un avasallamiento a las Autonomías Provinciales y esto tiene actualidad a la fecha, de hecho se justifica la Nación en función de Seguridad Interna.

Pregunto lo obtuso, una Provincia puede instalar en la Ciudad de Buenos Aires, Capital Nacional, un Juzgado de la Provincia y actuar en delitos cometidos por Ciudadanos de dicha Provincia. De hecho que no, no está determinado en la Constitución Nacional.

Los delitos cualquiera sean se deben dirimir en cada jurisdicción, pero desde la Justicia Federal, se resolvió que la Droga, detectada en cualquier territorio Provincial, queda bajo la jurisdicción de la Justicia Federal y la pregunta es, ¿Porqué?, si es un delito, cuál es la diferencia con los demás Delitos, seguimos hablando de Gastos Superfluos.

Además la Justicia Federal como apoyo institucional, constituye, como Fuerza Policial Armada a la Policía Federal para complementar su accionar y se generan más Gastos Ociosos cuando existen las Instituciones Policiales Provinciales

La Corte Suprema de Justicia, puede resolver situaciones que superen a las Justicias Provinciales, como lo puede hacer el Ejecutivo Nacional, ante un enfrentamiento entre Provincias.

La Justicia Federal, la Policía Federal y la Gendarmería Nacional, asentadas en varias Ciudades Provinciales, son una intervención Política a las Provincias y son un importante Gasto dentro del Presupuesto Nacional.

Las Provincias, deberían requerir al Gobierno Nacional, el levantamiento de los Juzgados Federales y de la Policía Federal, además reformular lo determinado en la Constitución Nacional que los delitos son en territorio.

Comencemos a ser Austeros en los Gastos del Estado Nacional y Provinciales, como concepto de Política de Estado.

Esta propuesta es parte de un Programa de Gobierno, para 2023.

Santa Fe, 26.01.2022

Juan J. Sagardía

Ciudad


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