TODOS TIENEN QUE SABERLO


La Dra. Marta Liliana Basteri (ABOGADA) nos comparte lo siguiente:  

Si te piden u obligan tener el certificado completo de inoculación (Pase Sanitario) para cobrar tu jubilación, tu sueldo, renovar tu carnet de conducir, ser atendido en un hospital, cursar materias en forma presencial, anotar a tus hijos en la Escuela, colegio, universidad,  restringir tu movilidad, ya sea un ente Público o Privado, etc, etc, debes saber que 👉¡Es DELITO DE COACCIÓN! tipificado en el Código Penal de la Nación Argentina.

🤔 ¿Que hacer?

✓ Tenés que pedir los datos del empleado.

✓ Sacarle foto.

✓ Filmarlo.

✓ HACER LA DENUNCIA PENAL en la Fiscalía del Departamento Judicial donde te encuentres.

**  No necesitas abogado. Vas y relatas los hechos al Fiscal.**

IMPORTANTE: 👇

Si es además, un empleado/funcionario público/policía etc (tanto Nacional, Provincial o municipal), a la denuncia penal, por el delito de Coacción, tenes que asegurarte de agregar el de ABUSO DE AUTORIDAD.

👉 Caso de AMPAROS:

Para poder accionar un AMPARO ya sea de forma INDIVIDUAL como COLECTIVA, PRIMERO SE DEBE AGOTAR LA VÍA ADMINISTRATIVA.

☝️ O sea primero se debe INTIMAR al GOBERNADOR de la Provincia POR CARTA DOCUMENTO (por ej renovar registro de conducir) intimandolo a que revea está situación.

Cuándo ya se realizó este reclamo, y no hay respuesta, o no se llega a acuerdo, se presenta con abogado un amparo particular por el problema en si, diciendo que se están VIOLANDO GARANTÍAS CONSTITUCIONALES siendo coaccionado a formar parte de un experimento que debe si o si SER VOLUNTARIO pasando por encima de los derechos que nos otorga la Constitución Argentina.

👉 De hecho, el DNU firmado por el Gobernador de la Prov de Bs. As. es NULO porque hace referencia al CODIGO PENAL y NINGUN DNU puede hacer REFERENCIA A LA FORMACION DE UNA CAUSA PENAL

NADA relacionado on SANCIONES PENALES….

Las sanciones penales solo pueden estar establecidas por el congreso realizando REFORMAS al código penal vigente.

Por eso habla de un delito penal qué está totalmente prohibido en la  CONSTITUCIÓN NACIONAL ARGENTINA y por los PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES que DEBERIAN ESTAR RIGIENDO.

Aunque algunas denuncias/ amparos (de no innovar hasta se trate el tema) no sean aceptados en primera instancia, ya qué en la parte privada pueden aducir que se reservan su derecho de admisión y permanencia, etc, hay que ser contundentes, y llenar de denuncias…. HACIENDO LA DENUNCIA se  EJERCE LA PRESIÓN SOCIAL

Momento de accionar. Ejercer nuestros derechos, acudir a la Justicia, El caos social es el que tiene que poner las cosas en su lugar .

Fuente: CONSTITUCIÓN ARGENTINA


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