BARRIOS PRIVADOS


Por Juan José Sagardía

Los BARRIOS PRIVADOS ESPECIALES, ¿son Constitucionales? o son contrario a la Norma Constitucional que determina que los Ciudadanos tenemos Derechos a Circular por todo el Territorio Nacional y la realidad, cuál es.

Hoy es que yo no vivo en esos exclusivos lugares y por ende tampoco puedo ingresar porque no soy Propietario, entonces me pregunto, ¿puedo ejercer mi Derecho Constitucional de Libre Circulación?.

Hoy dichos Barrios pertenecen a determinadas Ciudades o Localidades a los que aportan los Impuestos que correspondan. Que normas aplican dichos Municipios con los Permisos de Construcción.

Hoy se podría legislar que sean Pueblos independientes y si así fuera, los Ciudadanos podríamos ingresar a dicho Pueblo, como es la Norma Constitucional.

Desconozco, si hay una Ley que determina los Derechos de los Ciudadanos que habitan en dichos Sectores Privilegiados, de no permitir el Ingreso de Terceros.

Están debidamente identificados y controlados estos Barrios Privados, que están en constante crecimiento.

Que servicios tienen y quién lo provee, tienen Seguridad Oficial o Privada, el Estado que debe administrar la Justicia y la Igualdad, lo estará haciendo.

Se dice que en casos, todas las propiedades son de un solo Propietario, por ello se restringe el ingreso o sea la Circulación, ¿es legal?, habrá una sola Escritura o cada uno que habita en el lugar que ha hecho una buena inversión, lo habrá  hecho sin tener escritura, no es raro esto. Serán Propietarios o Usurpadores. Que buena pregunta para el Afip.

BARRIOS EN LA CIUDAD, me pregunto si en los BARRIOS DE LA CIUDAD lo transformamos en BARRIOS PRIVADOS y generamos un Control de Circulación, decidimos poner en una bocacalle  un cerramiento y el que quiera transitar, sea de nuestra Ciudad o de un Barrio Privado, podrán ingresar a nuestra Calle, o deberán hacer como Nosotros, tener autorización de los Vecinos.

De hecho se entiende que en estos Barrios de la Ciudad, contamos con Seguridad  (Inseguridad) y Servicios, o sea, todo lo que mejore la calidad de vida Colectiva, Individual y Familiar. Esto se debe considerar equitativo entre Ciudadanos.

Los BARRIOS PRIVADOS ESPECIALES, de hecho los Municipios a los que correspondan, deberán tener todo controlado, que todo sea Legal, ¿Será Así?.

Como hace la Autoridad Municipal para Ingresar en estos Barrios Especiales, si no son parte de los Habitantes de dicho Barrio.

BARRIOS DE LA CIUDAD DISTINTOS, estos Barrios Distintos de cada Ciudad, son los Barrios donde viven Habitantes inmersos en la Pobreza, donde se pueden percibir Niños Desnutridos, Niños y Jóvenes Analfabetos, con Casas Precarias, sin Baño, sin Agua Corriente, sin Cloacas, sin Gas, sin Luz, Calles de tierra, sin Educación, sin Salud, sin levantamiento de la Basura, sin Transporte, sin Seguridad y que más les puede faltar, abra más que desconozco.

Hay Otros Barrios en la Ciudad, se les puede decir normales, de Gente de Trabajo, pero también pueden carecen de lo indispensable como Agua, Cloaca, Gas, con Inseguridad.

Estos Barrios, no tienen controlado el Ingreso a los Ciudadanos, son de Libre Circulación como lo determina nuestra Constitución Nacional  y los Ciudadanos de Barrios Especiales pueden circular libremente por nuestros Barrios de la Ciudad, cosa que los Ciudadanos de los Barrios de la Ciudad no podemos hacer en los Barrios Privados Especiales.

¿Esto es Constitucional o Equitativo?.  

La Justicia de hecho debe de haber puesto manos a la obra, debe tener todo bajo control dentro de la Legalidad, lo que a simple vista no es lo que parece.

Los Representantes de la Justicia y los Representantes Políticos, tendrán propiedades dentro de los Barrios Privados Especiales.

Este discernimiento es para que analicemos si somos Ciudadanos o Habitantes, según en cual BARRIO vivimos.

Santa Fe, 08.07.2023

Juan José Sagardía


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