Por Ricardo Luis Mascheroni -docente-
En homenaje al ex juez Dr. Salvador María Lozada
EL CASO VICENTÍN Y EL FALLO “SWIFT – DELTEC”
Parafraseando a Deodoro Roca, digo: “los dolores que nos quedan, son los jueces que nos faltan”.
Es así, nos faltan jueces con espíritu patriótico y comprometidos con el derecho y la justicia.
En las causas del epígrafe, tenemos por un lado al Juez Lorenzini, casi sin experiencia, ex empleado del Banco Nación y proclive a defender los intereses de VICENTÍN, como muchos han denunciado; y la causa SWIFT-DELTEC, que estuvo a cargo el ex Juez Nacional de Comercio Salvador M. Lozada, Presidente Honorario de la Asoc. Internacional de Derecho Constitucional y Pte. del Instituto Argentino para el Desarrollo (IADE).
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De la simple comparación de antecedentes, cada uno ya puede ir sacando algunas conclusiones.
En ambos procesos se trató de la responsabilidad de grandes grupos económicos ligados al agro, uno a los cereales y el otro a la ganadería.
El primero está en “marcha” y el 2do. se resolvió hace más de 50 años, ratificado por la Corte Suprema de Justicia y que algunos magistrados niegan la aplicación de su jurisprudencia.
En el caso Vicentín, mientras el tiempo sigue pasando, lo único cierto son las dilaciones, chicanas, las prórrogas, las arbitrariedades y la falta de razonabilidad jurídica, que son de estado público, lo que seguramente es de aplicación a la causa Correo (CURREO).
Por el fallo SWIFT – DELTEC, el Dr. Lozada, rechazó el concordato preventivo propuesto por dicha compañía y decretó la quiebra de la misma, pero extendiéndola a todas las sociedades y filiales del grupo en el mundo, no sólo en el ramo específico, sino también a todas sus actividades, incluidas las financieras, manifestando “que no existe personalidad jurídica diferenciada entre todas las empresas de un grupo, que responden a una voluntad común”. (1)
“La extensión de la quiebra a más de una docena de empresas del grupo…, tuvo un resultado venturoso: toda la masa acreedora, configurada principalmente por obreros y consignatarios de hacienda, terminó cobrando la totalidad absoluta de sus créditos con indexación e intereses. No cabe duda de que el instituto de la extensión de la responsabilidad patrimonial a todo el conjunto económico de una multinacional es un recurso genuino del derecho contemporáneo para hacer justicia en una sociedad globalizada”. (2)
De conformidad a ese fallo, en el caso Vicentín se debería extender el concurso y eventualmente la quiebra a sus filiales de Paraguay, Uruguay, Brasil y otros países, como también a empresas conexas o asociadas como Friar y posiblemente muchas más.
Alertaba en su momento el Dr. Lozada, que las sociedades anónimas, como máximo instrumento jurídico de acumulación capitalista, conducen a desviaciones peligrosas.
Y continuaba: “El remedio frente a esta desviación ha sido encontrado en la posibilidad de…penetrar en ella hasta descubrir su verdadero sustrato personal y patrimonial, poniendo al descubierto la verdadera identidad y los verdaderos propósitos de quienes se amparan bajo aquella armadura legal”. (3)
Espero que puedan ver las diferencias entre un Juez probo, honesto, interesado en los problemas del país y en sus soluciones, diríamos “patriota” y otro que responde a los mandamientos de los grupos de poder, como desde varios lugares se acusa a Lorenzini, que dilata y que no va al fondo del problema con valentía y audacia y que sólo se maneja dentro de la formalidad de la normas y no en la buena fe y los principios generales del derecho.
Para dejar que piensen, en tiempos de pandemia, también en estas cosas que hacen al futuro de Argentina y a la seguridad de todos, termino coincidiendo con el Dr. Salvador María Lozada cuando dice: “Esto es lo que hizo… y es lo que hay que hacer ahora…: levantar el velo de la personalidad jurídica.” “Producido el daño…poner la totalidad de sus patrimonios al servicio del deber de devolver esos dineros”.(4)
Ref: 1, 2, 3 y 4: LOZADA, Salvador María, Le Monde Diplomatique, pag. 9, Marzo 2002.
Ricardo Luis Mascheroni – Docente